En todo proceso de divorcio se viven situaciones complejas que hay que resolver lo más satisfactoriamente posible para los dos cónyuges, pero en cuanto hay menores implicados la cosa cambia, pues entonces los importantes son ellos.
Hay situaciones no beneficiosas para los menores que se encuentran en medio del proceso de separación de sus padres. “La norma de la guarda y custodia compartida no está pensada para proteger el principio de igualdad entre ambos progenitores, porque la única finalidad que persigue es que se haga efectiva la mejor forma de procurar la protección del interés del menor” así nos lo recuerda la sentencia del Tribunal Supremo con fecha 27-09-2011, que establece que la custodia se establece en interés del menor y no de los progenitores.
Algunos de los criterios para solicitar y que sea concedida una custodia monoparental o exclusiva pueden ser:
En algunas ocasiones lo más beneficioso para los menores, es estar bajo la custodia de uno solo de sus progenitores, con derechos de visitas hacia el otro según determine el Juez.
Según lo dispuesto en el artículo 154 del Código Civil, la patria potestad se deberá ejercer siempre en interés de los hijos, es de ley velar por ellos, tenerlos en su compañía, educarlos, alimentarlos y procurarles una formación integral.
Llevamos muchos años trabajando en Derecho de Familia y aunque los arreglos de custodia exclusiva son poco frecuentes, somos expertos en conseguir custodias exclusivas en procedimientos contenciosos, tanto para familias heterosexuales como para familias homosexuales.